Cargos a exsecretario de Cultura de Cali, Brayan Hurtado, por la presunta agresión sexual de una contratista
Para el órgano de control, los funcionarios públicos mientras no sean separados temporal o definitivamente de sus cargos no se desprenden de su investidura. La Procuraduría General de la Nación profirió pliego de cargos contra el exsecretario de Cultura de Cali, Brayan Stiven Hurtado Salazar (2023), por la presunta agresión sexual de una contratista de
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Cargos a exsecretario de Cultura de Cali, Brayan Hurtado, por la presunta agresión sexual de una contratista
Para el órgano de control, los funcionarios públicos mientras no sean separados temporal o definitivamente de sus cargos no se desprenden de su investidura.
La Procuraduría General de la Nación profirió pliego de cargos contra el exsecretario de Cultura de Cali, Brayan Stiven Hurtado Salazar (2023), por la presunta agresión sexual de una contratista de la alcaldía de la ciudad.
La Primera Delegada para la Vigilancia Administrativa profirió cargos porque el entonces funcionario habría abusado de la mujer durante una reunión social, aprovechando que la víctima se encontraba en un estado de indefensión.
Para el órgano de control, Hurtado Salazar, en su calidad de servidor público, al parecer “agredió o violentó sexualmente a su víctima, con lo que omitió su deber de cumplir con los fines esenciales y compromisos adquiridos internacionalmente por el Estado Colombiano”, entre ellos la ‘Convención de Belem do Para’, suscrita para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, así como la ‘Convención de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación de la mujer -CEDAW-‘.
Agregó que si bien es cierto la conducta irregular habría sucedido fuera del horario laboral y en un lugar diferente a la sede de la alcaldía, “es claro para el despacho que los servidores públicos entre tanto no sean separados temporal o definitivamente de sus cargos no se desprenden de su investidura, la cual debe ser honrada en todo momento y lugar”.
Por esos hechos, la Procuraduría calificó la conducta del investigado como una falta grave cometida a título de dolo, porque no existe una falta disciplinaria que sancione con mayor rigor está clase de conductas desplegadas por funcionarios públicos.
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