Conclusiones de exprocuradores generales que intervinieron en el II Congreso Internacional de Derecho Disciplinario.
La Procuraduría debe ser preservada y fortalecida porque su papel es fundamental en el sistema de pesos y contrapesos.
La Procuraduría General de la Nación es necesaria e indispensable para la defensa del Estado de Derecho y del principio de legalidad.
Esa fue una de las principales conclusiones del panel ‘La Procuraduría y el derecho disciplinario en el contexto nacional’, que hizo parte del II Congreso Internacional de Derecho Disciplinario, organizado por el órgano de control, en Bogotá.
En el panel intervinieron los exprocuradores Alfonso Gómez Méndez, Jaime Bernal Cuéllar, Carlos Gustavo Arrieta, Edgardo Maya Villazón y Alejandro Ordóñez Maldonado, con la moderación del director del diario El Tiempo, Andrés Mompotes.
En la discusión, los panelistas coincidieron en afirmar que la entidad debe ser preservada y fortalecida porque juega un papel fundamental en el sistema de pesos y contrapesos.
Resaltaron también que el órgano de control es un garante del cumplimiento de la Constitución y la ley, de la protección de los derechos humanos y de vigilar la conducta de los servidores públicos, entre otras funciones de trascendencia para el país.
Aunque reconocieron los esfuerzos realizados desde el mismo órgano de control, los panelistas precisaron que se debe hacer más ágil el proceso disciplinario para disminuir los tiempos de duración actuales que son extensos, a la vez que resaltaron a la función preventiva como de gran importancia para la gestión de la Procuraduría.
En su intervención, Alejandro Ordóñez Maldonado señaló que la Procuraduría «es un referente de justicia y representante de la sociedad», mientras Carlos Gustavo Arrieta indicó que instituciones como el órgano de control y las altas cortes son un pilar para la defensa del Estado de Derecho, de la institucionalidad y del bien común.
Sanción a servidores de elección popular
Sobre la facultad para sancionar a servidores de elección popular, señalaron que el órgano de control sí puede adoptar esa clase de medidas, y en ese sentido se mostraron a la espera de que el Consejo de Estado tome una decisión definitiva frente al tema.
Destacaron que sobre la materia la Corte Constitucional ya se pronunció, y por tal motivo la función respecto a ese tipo de servidores está vigente y es de competencia del órgano de control.









































