SUPERSALUD PRORROGÓ POR SEIS MESES VIGILANCIA ESPECIAL A LA EPS MEDIMÁS

La EPS mantendrá la limitación de la capacidad para realizar nuevas afiliaciones y para aceptar traslados. La Supersalud le impartió a la EPS órdenes de inmediato cumplimiento para el mejoramiento de sus indicadores y la atención de su población afiliada.

La Superintendencia Nacional de Salud extendió por seis meses la medida preventiva de vigilancia especial que rige sobre la EPS Medimás, desde el 19 octubre de 2017, para velar por la prestación de un buen servicio a sus más de 1´700.000 afiliados. (761.870 en el régimen contributivo y 938.337 en el subsidiado).

La medida administrativa también establece que se mantendrá la limitación de su capacidad para realizar nuevas afiliaciones y para aceptar traslados de usuarios a esa
entidad. La decisión contenida en la Resolución 1215 de 2021, y vigente hasta el 09 de agosto de 2021, contempla una serie de instrucciones de inmediato cumplimiento. Para tal fin, el contralor designado a la medida continuará realizando el seguimiento y respectivo
monitoreo a la ejecución de las órdenes impartidas.

Entre estas se encuentra el cumplimiento del plan de capitalización, que genere un mayor flujo de recursos que le permita cumplir con las obligaciones que registra con la red de prestadores de servicios.

Cumplir con las condiciones financieras de habilitación, la verificación de la metodología de reservas técnicas y realizar las gestiones tendientes a la legalización o recuperación de anticipos otorgados a prestadores y proveedores de servicios de salud.

También, realizar un proceso de auditoría con el fin de determinar la situación real de las deudas con los proveedores y prestadores de servicios de salud y, con base en ello, presentar un plan de pagos.

Así mismo, fortalecer el seguimiento y supervisión de los contratos suscritos con los
prestadores de su red de manera que garantice el cumplimiento del Manual de
Contratación aprobado por la EPS, especialmente en la elaboración de informes de
supervisión que le permitan la adopción e implementación de acciones de mejora.

La Supersalud también le ordena a Medimás reducir la tasa de Peticiones, Quejas,  Reclamos, Denuncias (PQRD) y resolver de fondo las reclamaciones de sus afiliados dentro de los términos establecidos, incorporando en el aplicativo para tal fin, las gestiones realizadas con los respectivos soportes.

Adoptar e implementar estrategias para que logre la meta establecida para el control de
pacientes con diabetes mellitus, con el fin de mejorar la salud y calidad de vida de estos
usuarios, mediante una adecuada gestión del riesgo que procure calidad técnico científica en el manejo de esta patología.

La EPS debe revisar y corregir todos los procesos y procedimientos referentes a la toma
de muestras, pruebas y programa de vacunación para COVID-19, incluyendo apoyo
logístico en identificación, toma, marcación, embalaje, transporte y respuesta ágil,
oportuna, completa y confiable con seguimiento estricto a los mismos.

Además, realizar un seguimiento estricto al resultado de la implementación de los proyectos enfocados a controlar los costos, como es el caso de «Más moléculas» y «Plan 70» y demás que implemente la EPS, de forma tal que se garantice la entrega oportuna y completa de medicamentos, logrando a su vez la reducción de PQRD e interposición de
acciones de tutela por dichos motivos.

Por último, la Supersalud indicó que contra el acto administrativo que deja en firme la prórroga de la medida de control, proceden los recursos de reposición, que podrán ser
interpuestos ante el despacho del Superintendente Nacional de Salud.