La corte constitucional avaló el derecho de algunas personas que están privadas de la libertad que puedan ofrecer su derecho al voto.
A 15 días de realizarse la primera vuelta electoral, la mayoría de los colombianos superiores a 18 años incluyendo los que vivan en el extranjero. Están habilitados para votar este 29 de mayo en las elecciones presidenciales 2022.
Entre esas personas se encuentras ‘los presos’ que aunque algunos estén privados de la libertad m, todavía pueden realizar con normalidad su voto.
¿Que preso puede Votar?
La Corte Constitucional, en su sentencia No. T-324/94, explicó que todos los privados de la libertad que aún no estén condenados pueden votar en elecciones del país pues “son beneficiarios de la presunción de inocencia y, por lo tanto, para efectos políticos deben ser considerados como ciudadanos titulares de plenos derechos, que merecen un trato preferencial por el hecho de encontrarse en una situación de inferioridad”.
Además, La Registraduría añade en su página web, que los presos que siguen sin una condena “hacen parte del censo electoral y pueden ejercer su derecho al voto”, mientras que las que cumplen una pena, así sea en casa por cárcel, no pueden sufragar por pérdida de derechos políticos.
Por último, la corte constitucional informó que el estado debe disponer recursos para que exista una logística en las cárceles y se ejercer unas condiciones óptimas para votar.











































