El fallo esclarece que el encuentro se lleve a cabo a más tardar el jueves 16 de junio en un medio de comunicación.
En la mañana de este miércoles el Tribunal Superior de Bogotá falló a favor de una tutela en la que se pedía garantizar que los candidatos presidenciales Rodolfo Hernández y Gustavo Petro asistieran debates.
En la tutela interpuesta se impugnaba la vulneración del derecho fundamental de la ciudadanía a “participar en la conformación del poder político”, según el artículo 40 de la Constitución Política.
Finalmente la orden del cuerpo judicial fue fallar a favor del derecho que exigieron los ciudadanos Alcides Enrique Arrieta Cueto, Jaime Mejía López, Laura Marcela Mosquera Giraldo, Jorge Luis Bedoya, Whenddy Vanessa Mahecha Carvajal, Catalina Del Pilar Sánchez Daniels y Luis Mauricio Urquijo Tejada.
Dicho esto, se les ordenó a los aspirantes a la Casa de Nariño, que dentro de un plazo de 48 horas despues de la notificación del fallo, (hasta el jueves), deberán realizar «un debate presidencial con las reglas y sobre los temas que éstos señalen en la solicitud».
Cabe resaltar que, los candidatos tendrán que coordinar el debate previo a las elecciones del 19 de junio. En un principio se pensó que el Tribunal Superior de Bogotá destinaría el Sistema de Medios Públicos Radio Televisión Nacional de Colombia (RTVC) para realizar la interlocución, sin embargo el medio en el cuál se realice el debate tendrá que ser escogido por ambos candidatos presidenciales y tener un alcance a nivel nacional.










































