El equipo del Sisbén Sincelejo es capacitado por la Secretaría de Salud Departamental para orientar a los usuarios en la Resolución 1870 de 2021 y el Decreto 616 de 2022, ambos del Ministerio de Salud, que tienen que ver con la clasificación de los copagos para los servicios de salud.
Esta capacitación es importante porque los funcionarios deben tener claro cuáles son los puntos de corte para las afiliaciones al régimen subsidiado de salud y las categorías para poder aplicar al régimen subsidiado. También deben conocer aspectos de la contribución solidaria, cuándo empieza a regir y cuáles son los grupos y subgrupos del Sisbén que los cobija.
Katherin Álvarez Ricardo, administradora oficina Sisbén.mpeg
La Resolución 1870 establece los siguientes grupos de corte para la afiliación al régimen subsidiado de salud: nivel 1, grupo de clasificación A1- B7; y el nivel 2, del C1-C18.
Los copagos se realizarán conforme a la clasificación de la última encuesta del Sisbén del afiliado. La novedad de movilidad, para la población clasificada con la metodología Sisbén IV, se aplicará conforme al resultado de dicha encuesta.
Por otra parte, el Decreto 616 de 2022 reglamenta la contribución solidaria y establece, entre otras, que los afiliados bajo esta categoría estarán sujetos a pagos compartidos, cuotas moderadoras y deducibles. Además, la contribución se calculará con la suma de las tarifas por cada uno de los miembros mayores de edad del núcleo familiar.
Katherin Álvarez Ricardo, administradora de la oficina del Sisbén Sincelejo, señaló que es importante tener conocimiento sobre el contenido de estas resoluciones para no desinformar y brindarles una mejor orientación a los usuarios.






































