SUSPENSIÓN DE CINCO MESES A RECTOR DE INSTITUCIÓN EDUCATIVA EN ROLDANILLO

La entidad confirmó que Germán Colonia Alcalde, rector de una institución en Roldanillo, Valle del Cauca, demoró 79 días hábiles adicionales a los permitidos por la ley para atender la solicitud remitida por el MinEducación.

La demora en la respuesta afectó el derecho fundamental de petición y repercutió en las aspiraciones profesionales y la posibilidad de presentarse a convocatorias laborales del peticionario.

En fallo de primera instancia la Procuraduría General de la Nación sancionó con cinco meses de suspensión al rector actual del Instituto de Educación Técnica Profesional de Roldanillo, Valle del Cauca, Germán Colonia Alcalde, por no dar respuesta oportuna a un derecho de petición que en su momento le fue remitido por competencia por parte del Ministerio de Educación.

La Regional de Juzgamiento de Risaralda confirmó que el directivo demoró 79 días hábiles adicionales a los permitidos por la ley para atender la solicitud, que le había sido asignada el 4 de marzo de 2020 de conformidad a la normativa, por lo que desde el 27 de marzo la falta de pronunciamiento de su parte constituyó un retraso que contrarió el cumplimiento de sus funciones legales, afectó el derecho fundamental de petición y repercutió en las aspiraciones profesionales y la posibilidad de presentarse a convocatorias laborales del quejoso.

El ente de control sostuvo que el correo del peticionario llegó a la bandeja de entrada de la rectoría, sin que se le diera el trámite correspondiente, por lo que nadie se encargó de proyectar la respuesta correspondiente hasta que algún funcionario se percató de la existencia del mismo, momento en el que se procedió a atender el requerimiento, posteriormente firmado por el disciplinado.

El Ministerio Público resaltó que a pesar de estar el país en medio de la situación provocada por el coronavirus, en ningún momento se ordenó dejar de contestar los derechos de petición, por lo que encontró injustificable la extemporaneidad de la respuesta, que se dio de manera formal el pasado 6 de julio de 2020.

Finalmente, la Procuraduría adujo que Colonia Alcalde con su actuación incurrió en una falta disciplinaria al quebrantar los principios de celeridad y eficacia que rigen la función pública, hechos por lo que de manera definitiva la calificó como grave cometida a título de culpa grave. Contra la decisión procede el recurso de apelación ante una Delegada de Juzgamiento.