La tragedia ocurrida el 18 de mayo del 2014 dejó un saldo de 33 menores y un adulto fallecidos.
Han pasado 10 años desde una de las mayores tragedias viales en la historia reciente de Colombia, después de que una buseta que transportaba a un grupo de niños se incendió en jurisdicción del municipio de Fundación, en el departamento del Magdalena, dejando como saldo 33 menores y un adulto fallecidos. Sin embargo, los hechos seguían en investigación, debido a las complicaciones para determinar responsabilidades en el accidente.
No obstante, toda la especulación terminó y aunque originalmente solo se había responsabilizado a la Iglesia Pentecostal Unida de Colombia por la tragedia, en las últimas horas el Consejo de Estado también le atribuyó responsabilidad al municipio de Fundación y al Instituto de Tránsito y Transporte de Fundación, debido a que se incurrieron en múltiples irregularidades en los controles. Por ende, estas dos últimas entidades tendrán que aportar el 10% de la millonaria indemnización de las personas afectadas de forma directa o indirecta.
La suma total de la indemnización es de 18 mil millones de pesos, repartidos entre las personas que resultaron afectadas de alguna forma. Aunque, no todos los afectados recibirán la misma cantidad. Pues, el Consejo de Estado especificó en un comunicado las distintas categorías y montos que le serán otorgados a familiares, allegados y hasta para la profesora y compañeros de escuela de los menores.
C.E Caso Fundación – Magdalena
“Dichas cantidades deben ser depositadas por la Iglesia Pentecostal Unida de Colombia, el municipio de Fundación y el Instituto de Tránsito y Transporte de Fundación en el Fondo para la Defensa de los Derechos e Intereses Colectivos de la Defensoría del Pueblo, dentro de los diez días siguientes a la ejecutoria de esta providencia, prorrogables hasta por dos veces, esto es, máximo treinta días hábiles”, se puede leer en una parte del comunicado.
Cabe recordar que por esta tragedia fueron condenados el conductor de la buseta Jaime Gutiérrez Ospino y el pastor de la iglesia, Manuel Salvador Ibarra, que contrató el servicio sin tomar en cuenta las medidas mínimas de seguridad para transportar a unos 60 menores, al final del culto del domingo 18 de mayo del 2014. Pues, el automotor no contaba con permiso de circulación, no había pasado la revisión técnico mecánica y tenía vencido el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito SOAT. Así que, ambos fueron condenados por homicidio culposo a diez años de prisión, en octubre del 2016.
La condena estaba siendo cumplida inicialmente en la cárcel Modelo de Barranquilla. No obstante, la sentencia fue anulada por una supuesta calificación incorrecta del delito. Así que, en 2017 ambos quedaron en libertad por vencimiento de términos y al final en diciembre del 2018 fueron condenados a doce años de prisión domiciliaria.









































