Una juez rechazó la petición de prisión domiciliaria hecha por la defensa de ‘Epa Colombia’

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La creadora de contenido fue condenada a 5 años y 2 meses de prisión por actos vandálicos contra una estación de Transmilenio.

La creadora de contenido Daneidy Barrera Rojas, mejor conocida como ‘Epa Colombia’, ha estado en el centro de atención desde que se conoció la condena en su contra por 5 años y 2 meses de prisión, por los actos vandálicos que cometió contra una estación de Transmilenio en noviembre del 2019, y tras su sentencia fue recluida en la cárcel El Buen Pastor.

La defensa de Barrera Rojas argumentó que ella cumplía con todos los requisitos para cumplir con su condena en su propio domicilio. Ya que, es madre cabeza de hogar y tiene una pena por debajo de los ocho años de cárcel. No obstante, la juez tercera de ejecución de penas y medidas de seguridad de Bogotá, Ginna Lorena Coral Alvarado, consideró que no hay elementos suficientes que respalden el supuesto riesgo de la hija de ‘Epa Colombia’.

Según el juzgado la pareja de Barrera Rojas puede cuidar de la menor, sin ningún problema. Por ende, la mujer no cumple con la condición de madre cabeza de familia.

“En ese orden de ideas, y conforme a los elementos de juicio allegados, no se advierte que Daneidy Barrera Rojas ostente la condición de ‘madre cabeza de familia’ con miras a cumplir en su domicilio la pena de prisión; en consecuencia, se resolverá de manera desfavorable la petición incoada por su defensor”, sentenció la juez.